Lo que necesitas saber sobre el nuevo postnatal de emergencia

Jul 9, 2020

Bebé ·

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El martes 7 de julio se aprobó en la Comisión de Trabajo del Senado una extensión de los permisos de los padres para estar con sus hijos recién nacidos, una vez terminado el postnatal original. Para saber detalles de la propuesta y si eres candidata, lee la información a continuación.

La pandemia del Covid-19 ha generado muchas dificultades en la vida de todos. Una de ellas ha sido equilibrar el trabajo en el hogar con la paternidad: la rutina a la que se estaba acostumbrado, en la que los padres salían a trabajar mientras sus hijos estaban en una guardería, jardín, colegio o a cargo de un cuidador, ya no existe. 

Para muchos, mantener la efectividad en el trabajo haciéndolo  desde casa y cuidando a un niño, especialmente si es un bebé, puede ser casi imposible. Bajo esta premisa, el Gobierno propuso un postnatal de emergencia, con el fin de extender el permiso y facilitar la crianza sin perder ingresos.

La Comisión de Trabajo del Senado aprobó el martes pasado esta extensión: las mamás o papás podrán extender la licencia médica por postnatal por hasta 3 meses. El monto del subsidio será igual al que recibieron durante el permiso postnatal parental original y el cargo será asumido por Fonasa o las Isapres, dependiendo de cada caso particular.

El beneficio incluye a todas las madres que se les haya vencido el postnatal a partir del 18 de marzo y funciona de manera unilateral: el empleador no se puede negar. Este permiso podrá mantenerse máximo por 3 meses, mientras se encuentre vigente el estado de catástrofe establecido por el presidente.

Agregado a lo anterior, existe también la nueva Ley de Crianza Protegida: los padres o madres de niños de hasta 6 años de edad tendrán el derecho de acceder unilateralmente a los beneficios de la Ley de Protección del Empleo, mientras se mantengan cerrados los centros infantiles.

Esto incluye a aquellos cuidadores que siguen yendo a trabajar de manera presencial, sin importar si sus empresas no estén con suspensión laboral. Una vez planteado al empleador, éste podría ofrecer la opción de teletrabajo. A partir del 17 de agosto se podrá ingresar a través de www.afc.cl la solicitud de suspensión laboral.

En resumen

Hay dos casos en los que podrías ser candidata:

  • Si estás o estuviste acogida al permiso postnatal parental y este vence o venció en una fecha posterior al 18 de marzo de este año.
  • Si eres cuidadora legal de un niño no mayor de 6 años de edad y estás yendo a trabajar de manera presencial.

Detalles:

  • Lo anterior solo aplica mientras esté vigente el estado de catástrofe en el país.
  • Las salas cuna e instituciones educacionales de tu comuna deben estar fuera de funcionamiento por Covid-19.
  • Esta licencia de emergencia dura máximo 3 meses.
  • El empleador no puede negarse.
  • En el caso de la licencia médica preventiva parental, el costo lo cubrirá la Isapre o Fonasa, mientras que los padres de niños de hasta 6 años de edad tendrán que acudir a su seguro de cesantía.

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